Modifican el
“Procedimiento de Liquidación para el Cálculo del Factor de Ajuste por
Aplicación del Mecanismo de Promoción para Conexiones Residenciales”, aprobado
mediante Res. N° 006-2015-OS/ CD.
Incorporan
los numerales 4.17, 4.18, 4.19, 4.20 y 4.21 al Artículo 4º; los numerales 5.7, 5.8, 5.9 y 5.10 al Artículo
5º; los numerales iii) y iv) al numeral 8.3 del Artículo 8º; y, el numeral 8.5
del Artículo 8º del “Procedimiento de Liquidación para el Cálculo del Factor de
Ajuste por Aplicación del Mecanismo de Promoción para Conexiones
Residenciales”, aprobado mediante Resolución Nº 006-2015-OS/CD.
Modifican
el numeral 6.4.1 del Artículo 6º; el numeral 6.5.1 del Artículo 6º; las
fórmulas incluidas en el numeral 8.3 del Artículo 8º ; los numerales 10.2 y
10.3 del Artículo 10º; las fórmulas incluidas en el numeral 10.4 del Artículo
10º; y, el formato contenido en el Anexo 1 del “Procedimiento de Liquidación
para el Cálculo del Factor de Ajuste por Aplicación del Mecanismo de Promoción
para Conexiones Residenciales”, aprobado mediante Resolución Nº 006-2015-OS/CD.
Incorporan
el Informe Técnico Nº 0670- 2015-GART y el Informe Legal Nº 0669-2015-GART,
como parte integrante de la resolución.
La
Resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano; y consignada
conjuntamente con el Informe Técnico Nº 0670-2015- GART y el Informe Legal Nº
0669-2015-GART en la página Web de Osinergmin: www2.osinerg.gob.pe.