R.D. N° 21-2006-AG-SENASA-DVS
Se han establecido los siguientes requisitos fitosanitarios específicos de necesario cumplimiento en la importación de semilla botánica de cedro rosado procedente de Costa Rica e India en los términos siguientes:
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El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en le país de origen o procedencia.
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El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial emitido por los países de origen, el cual debe consignar el tratamiento preembarque de las semillas con una mezcla comercial a base de Tolclofos Methyl (30%) en la dosisi de 4 a 6 gramos por kilogramo de semillas u otros productos cuyos ingredientes activos tengan acción similar.
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El producto estará contenido en envases nuevos y de primer uso.
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Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
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El inspector de cuarentena vegetal tomará una muestra de las semillas (excepto para latas y sachets herméticamente sellados) para ser remitidas al laboratorio de sanidad vegetal del SENASA, quedando retenido el cargamento hasta la obtención de los resultados del análisis. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.