Requisitos administrativos de procedimientos del TUPA regirán a partir del 1 de abril de 2008 solamente en Lima Metropolitana

R.M. N° 089-2008-TR
 
Se precisa que los requisitos de los procedimientos del TUPA del Ministerio de Trabajo que fueron modificados mediante la R.M. N° 055-32008-TR regirán a partir del 1 de abril de 2008 solamente para Lima Metropolitana.

Los procedimientos que fueron modificados mediante la citada resolución son los siguientes:

  • Registro de contratos de trabajo a tiempo parcial
  • Registro de contratos de trabajo sujetos a modalidad
  • Aprobación de contratos de trabajo del régimen de exportación no tradicional
  • Registro de contratos de trabajo a domicilio
  • Registro de contratos de trabajo sujetos a modalidad, de personas naturales o jurídicas que desarrollan cultivos o crianza con excepción de la avicultura, la agroindustria y la industria forestal
  • Registro de contratos de trabajo de trabajadores destacados de empresas y entidades que realizan actividades de intermediación laboral
  • Autorización, registro y prórroga de convenios de jornada formativa en horario nocturno
  • Registro y prórroga de convenio de aprendizaje
  • Registro y prórroga de convenios de prácticas profesionales
  • Registro y prórroga de convenios de capacitación laboral juvenil
  • Registro y prórroga de convenio de pasantía
  • Registro y prórroga de convenio de la actualización para la reinserción laboral

Dicha modificación de los requisitos consiste en la obligación de presentar una declaración jurada que contenga la relación de los contratos, y un CD que contenga los referidos contratos, suprimiéndose de esta manera la obligación que contemplaba el TUPA anterior, de presentar más de un ejemplar de los contratos.

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