Regulan las elecciones complementarias para las organizaciones de usuarios de agua que no eligieron a sus consejos directivos en los plazos previstos en la Tercera Disposición Complementaria Transitor

R.J. N° 478-2013-ANA.-

La resolución  tiene por objeto regular las elecciones complementarias para las organizaciones de usuarios de agua que no eligieron a sus consejos directivos en los plazos previstos en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-AG y modificado por Decreto Supremo Nº 003-2013-AG.

Asimismo, señala los plazos para las elecciones complementarias, señalando que las organizaciones de usuarios de agua a que se refiere el anterior párrafo, llevarán a cabo la elección de sus consejos directivos en los plazos máximos siguientes:

·         Comités de usuarios, en adelante los Comités, el 27 de noviembre del 2013.

·         Comisiones de regantes o de usuarios, en adelante las Comisiones, el 17 de noviembre del 2013.

·         Juntas de usuarios, en adelante las Juntas, el 27 de noviembre del 2013.

 

Fecha de publicación 26.10.13

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