Res N° 014 – 2008/SUNAT
Mediante la presente norma se aprueban las notificaciones a través de SOL (Sunat Operaciones en Línea) como un medio electrónico por medio del cual la SUNAT podrá notificar sus actos administrativos a los deudores tributarios. Los actos administrativos materia de notificación son los que figuran en el anexo que forma parte de la presente resolución. (el cual no ha sido publicado)
Para realizar la notificación a través de notificaciones SOL, la SUNAT depositará copia del documento en el cual consta el acto administrativo en un archivo de Formato de Documento Portátil (PDF) en el buzón electrónico asignado al deudor tributario, registrando en sus sistemas informáticos la fecha del depósito.
La notificación se considerará efectuada y surtirá efectos al día hábil siguiente a la fecha del depósito del documento.
Para que la SUNAT pueda efectuar dichas notificaciones los deudores tributarios deben contar con su Código de Usuario y Clave SOL.
Se establece como obligación del deudor tributario los casos en los que debe consultar su buzón electrónico en las ocasiones mencionadas en la norma.
Para la afiliación al sistema de notificaciones SOL se llenará desde el portal SUNAT Operaciones en Línea el Formulado de Afiliación proporcionando la información solicitada. El mismo procedimiento se seguirá en casos de desafiliación.