Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre

D.S. N°
019-2015-MINAGRI.

Aprueban
el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, que consta de doscientos uno
(201) artículos, distribuidos en veinticuatro (24) Títulos, siete (7)
Disposiciones Complementarias Finales, tres (3) Disposiciones Complementarias
Transitorias, una (1) Disposición Complementaria Derogatoria y dos (2) Anexos,
cuyos textos forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

El
Decreto Supremo y el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre son
publicados en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado peruano (
www.peru.gob.pe) y en los
Portales Institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (
www.minagri.gob.pe), Ministerio
de la Producción (
www.produce.gob.pe), Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo (
www.mincetur.gob.pe) y del Servicio
Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (
www.serfor.gob.pe). 

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