Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

.S. N° 002-2014-MIMP.-

Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, el cual consta de ciento diecisiete (117) artículos y dieciséis (16) Disposiciones Complementarias Finales, que forma parte del presente Decreto Supremo.

El Reglamento es de aplicación a las personas naturales y jurídicas de derecho público y privado comprendidas en los alcances de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

Señalar que en la Quinta Disposición Complementaria Final, establecen que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo emite disposiciones normativas, a fin de diseñar, implementar y ejecutar los ajustes razonables, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 57.1 del artículo 57 del presente Reglamento, en un plazo no mayor de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma.

Respecto a los criterios para la determinación de las empresas obligadas a cumplir con la cuota laboral en el sector privado, la Sexta Disposición Complementaria Final señala que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en un plazo no mayor de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, fija los criterios para la determinación de las empresas obligadas a cumplir con la cuota laboral en el sector privado, la base de cálculo y el número de trabajadores con discapacidad con los que deberán contar las empresas obligadas por Ley.

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