Res. N° 675-2008-OS/CD
Se han reemplazado los Valores de Compensaciones Anuales del mecanismo de Compensación para los Sistemas Aislados, contenidos en el cuadro N° 6 del artículo 3° de la Res. N° 341-2008-OS/CD.
Asimismo, se modifican los Precios en Barra Efectivos de los Sistemas Aislados contenidos en el Cuadro N° 7 del artículo 4° de la Res. N° 341-2008-OS/CD.