R.D. N° 268-2006/DCG
Mediante la presente Resolución Directoral se aprueban las normas para la realización de reconocimientos médicos del personal de buques pesqueros y embarcaciones pesqueras artesanales. En cuanto al reconocimiento médico para el personal de buques pesqueros, dichas normas contienen disposiciones concernientes a:
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Las consideraciones para la determinación de la aptitud médica del personal de buques pesqueros;
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Las condiciones médicas a tenerse en consideración para determinar la aptitud médica del personal de buques pesqueros; y,
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El reconocimiento médico periódico para el personal de buques pesqueros.
En cuanto al reconocimiento médico para el personal de embarcaciones pesqueras artesanales, dichas normas contienen disposiciones concernientes a:
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Las consideraciones para la determinación periódica de la aptitud médica del personal de embarcaciones pesqueras artesanales;
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Las consideraciones médicas para la determinación periódica de la aptitud médica del personal de embarcaciones pesqueras artesanales;
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El reconocimiento médico periódico;
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Las normas mínimas de agudeza visual y auditiva;
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Las consideraciones para la determinación de la aptitud médica del personal de buques pesqueros; y,
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Las consideraciones médicas para determinar la aptitud médica del personal de buques pesqueros.