Reconocen a Colombia, Chile y Estados Unidos Mexicanos como países cuyos fondos del exterior pueden ser distribuidos en el mercado de valores del Perú

RESOLUCION N° 094-2018-SMV/02

Por la presente norma se Reconoce como países cuyos fondos del exterior pueden ser distribuidos en el mercado de valores de la República del Perú, a los siguientes:

  1. a) República de Colombia;
  2. b) República de Chile; y,
  3. c) Estados Unidos Mexicanos
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