Res. N° 025-2011-OS/CD
Se aprueba la modificación del literal b) de los Artículos 5.2, 6.2, 6.3 y 6.4 y del Artículo 5.4 de la Norma "Precios a Nivel de Generación y Mecanismos de Compensación entre Usuarios Regulados", aprobada con Resolución OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD. Asimismo, se dispone la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de OSINERGMIN del proyecto de Resolución y se da un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del lunes 21 de febrero de 2011, a fin que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias.