Proyecto de Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

Res. N° 116-2014-CD/OSIPTEL.-

El Reglamento establece las disposiciones que obligatoriamente deberán aplicar las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones para la atención de los reclamos de usuarios.

Asimismo, rige la actuación del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) en su función de resolver los recursos de apelación y las quejas presentadas por los usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones.

Establecen un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios respecto del proyecto de Reglamento.

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