Res. N° 00321-2013-SUNAT/300000.-
La presente Resolución señala que a efectos de continuar con la reducción del costo de cumplimiento tributario y permitir a los operadores de comercio exterior regularizar sus obligaciones incumplidas es necesario disponer la ampliación del plazo de vigencia del Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas correspondientes a alguna infracciones tipificadas en la Ley General de Aduanas, así como exigir a los deudores tributarios el desistimiento de la reclamación de aquellas deudas que se encuentren en este estado.
De esta forma disponen la incorporación de párrafo al artículo 7° del Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones de multas.
Como a su vez, prorrogar la vigencia del Reglamento del Régimen de Gradualidad para la aplicación de las sanciones multa.