Prorrogan suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo a que se refiere la Res.N° 074-2020-SUNAFIL, y dictan otras disposiciones

Resolución de Superintendencia N° 83-2020-SUNAFIL

Artículo 1.- Prórroga de la suspensión de plazos del Sistema de Inspección del Trabajo

Prorrogar la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el primer párrafo del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, hasta el 10 de junio de 2020, de las actuaciones inspectivas y de los procedimientos administrativos sancionadores del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.

Asimismo, prorrogar la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el segundo párrafo del artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, hasta el 10 de junio de 2020, de los procedimientos administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del Sistema de Inspección del Trabajo (SIT), a cargo de las instancias correspondientes de las Intendencias Regionales de la SUNAFIL, así como de las Gerencias o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo de los Gobiernos Regionales.

Artículo 2.- Prórroga de la suspensión de plazos de procedimientos administrativos en la SUNAFIL

Prorrogar la suspensión del cómputo de los plazos dispuesta en el primer párrafo del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, hasta el 10 de junio de 2020, del cómputo de plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole que se encuentren sujetos a plazo, incluyendo a los procedimientos de acceso a la información pública, fraccionamiento del pago de multas y ejecución coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL.

Artículo 3.- Reinicio del cómputo de plazos de procedimientos administrativos en materia de adquisiciones en la SUNAFIL

Disponer el reinicio de los plazos referidos en el segundo párrafo del artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 074-2020-SUNAFIL, conforme a lo establecido en la Resolución Directoral N° 006-2020-EF/54.01.

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