RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 121-2016-IN
1. Se prorroga la intervención de las
Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de
Yauli del departamento de Junín, del 10 de marzo al 8 de abril de 2016, con el
fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de
violencia o cualquier ilícito que se pudieran cometer con ocasión de las
movilizaciones y cualquier otro tipo de acto vandálico.
2. De la actuación de las Fuerzas Armadas
2.1. La
actuación de las Fuerzas Armadas constituirá una tarea de apoyo a la misión de
la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El
control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía
Nacional del Perú.
2.2. La
actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la
plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad
de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad,
el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar
puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la
población afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policía
Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden público y la
interacción con la población del departamento a que se refiere el artículo 1 de
la presente Resolución Suprema.
3. La intervención de las Fuerzas Armadas
se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que
establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas
Armadas en el territorio nacional.
4. La intervención de las Fuerzas
Armadas, conforme a la presente Resolución Suprema, no implica en modo alguno
la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales
consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los Tratados
Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte.