Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 385-2006/SUNAT/A
Se ha precisado que el procedimiento de Sistema Anticipado de Despacho Aduanero de importación definitiva en la intendencia de aduana marítima del Callao(versión 1), aprobado por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 620-2005/SUNAT/A Y modificatorias, es de aplicación a las mercancías que ingresan por el puerto del Callao.
Asimismo las mercancías que ingresan por otros puertos dentro de la circunscripción de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, se someterán al régimen del Sistema Anticipado de Despacho Aduanero regulado por el procedimiento de importación definitiva INTA-PG.01.