Precisan que los estatutos de las formas de organización jurídica sin fines de lucro deberán adecuarse a las normas de la Constitución y las de igualdad jurídica del varón y la mujer

D.S. N° 004-2008-MIMDES

Se precisa que los estatutos de todas las formas de organización jurídica sin fines de lucro deberán adecuarse a las normas de la Constitución Política del Perú y de la ley relativa a la igualdad jurídica del varón y la mujer. Dicha adecuación deberá efectuarse en un plazo de noventa (90) días calendario a partir de la vigencia de la norma, vencido el plazo el MIMDES verificará el estricto cumplimiento de la disposición.

En tal sentido, el Ministerio Público procederá a solicitar judicialmente la disolución de todas las formas de organización jurídica sin fines de lucro que incumplan lo dispuesto y, asimismo, se procederá a formular las denuncias pertinentes por el delito de discriminación.

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