RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 08-2015-SUNAT/5C0000
Fijan el 30.6.2015 como fecha de entrada en vigencia de las siguientes resoluciones de intendencia nacional para los despachos aduaneros bajo las modalidades anticipada y urgente del régimen de Importación para el Consumo que se soliciten en la Intendencia de Aduana Marítima del Callao:
a) Resolución de Intendencia Nacional N° 08-2014/SUNAT/5C0000, que aprueba el procedimiento específico “Legajamiento de la Declaración”, INTA-PE.00.07 (versión 4);
b) Resolución de Intendencia Nacional Nº 09-2014- SUNAT/5C0000, que aprueba el procedimiento específico “Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración” INTA-PE.00.11 (versión 2), así como de lo dispuesto en el artículo 3° de la citada resolución;
c) Resolución de Intendencia Nacional Nº 11-2014-SUNAT/5C0000, que aprueba el procedimiento general “Importación para el Consumo” INTA-PG.01 (versión 7), así como de lo dispuesto en el artículo 3° de la citada resolución;
d) Resolución de Intendencia Nacional N° 12-2014/ SUNAT/5C0000, que modifica el procedimiento específico “Reconocimiento Físico – Extracción y Análisis de Muestras” INTA-PE.00.03 (versión 3), y
e) Resolución de Intendencia Nacional N° 17-2014/ SUNAT/5C0000, que modifica Circulares y Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas que establecen descripciones mínimas de diversas mercancías.
Precisan además que el 18.4.2015 entrarán en vigencia las resoluciones de intendencia anteriormente mencionadas, para los despachos aduaneros bajo la modalidad excepcional del régimen de Importación para el Consumo que se soliciten en la Intendencia de Aduana Marítima del Callao.