RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2020-PRODUCE
Precisar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 160-2020-PRODUCE, el cual queda redactado en los siguientes términos:
“Articulo 2.- Tramitación
Los procedimientos incluidos en el Listado aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se tramitan a través de la Plataforma de Tramites Digitales del Ministerio de la Producción (PRODUCE Virtual) o de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), de corresponder”.