D.S. N° 022-2006-VIVIENDA
Se ha precisado que las entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento cuyos proyectos se encuentran incluidos en el Anexo de Decreto Supremo N° 020-2006-VIVIENDA deberán evaluar cada caso si se encuentran dentro de las causales de exoneración establecidas en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Asimismo, los comités de Supervisión y Transparencia entregarán al titular de la Entidad correspondiente periódicamente reportes que evidencien el resultado de su labor.