CONASEV
Se establece porcentaje máximo de participación en el capital social de una bolsa de Productos.
Resolución N° 014-2006-EF/94.10
Se estableció como porcentaje máximo de participación en el capital social de una bolsa de productos el 5% de acciones con derecho a voto.
No será de aplicación dicho límite en el caso de que las Bolsas de Valores sean accionistas de las Bolsas de Productos.