CIRCULAR
N° 004-2016-BCRP
El
Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, en uso de las facultades que
le son atribuidas en los artículos 42 y 43 de su Ley Orgánica, ha dispuesto la
emisión de monedas de 1, 2 y 5 Soles con el nuevo nombre de la unidad monetaria
(SOL), de acuerdo a lo establecido en la Ley No. 30381.
1. Se pone en circulación monedas de S/ 1, S/ 2 y
S/ 5.
2. Se otorga el curso legal a estas monedas que
circularán de manera simultánea con las anteriormente emitidas de 1, 2 y 5
Soles.