Notifican por publicación a contribuyentes que no pudieron ser notificados en el domicilio fiscal.

RES. N° 024-024-0028066/SUNAT

Notifican mediante publicación en la pagina web de la Superintendencia de Aduanas y de Administración Tributaria –SUNAT y en el diario oficial EL PERUANO, conforme a los dispuesto  en el último párrafo del inciso e) del artículo 104° del texto único ordenado del código tributario aprobado por decreto supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias , a los intendentes lima, que se detalla en el anexo que forma parte de la presente resolución.

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