RESOLUCIÓN SBS Nº 3973-2016
Mediante la presente Resolución, se modifican los artículos 16º, 17º, 17Aº, 17Bº, 17Dº, 17Eº, 17Fº, 17Gº, 17Hº 18º, 18Aº, 18Bº 20º, 23º 24º, 26º, 26Aº, 49Aº, 51º, 52º, 53Lº, 53Nº, 53Oº, 53Pº 75Bº, 75Cº, 75Fº, 75Jº, 100Cº, 120º-A, 165º y 174º del Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, siendo que, la presente Resolución entrará en vigencia el día 21 de julio del presente año.
En ese sentido, se otorga a la AFP un plazo de sesenta (60) días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución para implementar la modificación de los artículos 100Cº y 120º-A del Título VI y de la Circular Nº AFP 123-2011.
De igual manera se dispone:
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Derogar la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Resolución SBS Nº 3233-2015.
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Derogar los Anexos II, II-C, II-D, III-C, VI, VI-A, VI-B, VI-C y modificar los Anexos II-A, II-B, III, III-A y III-B del Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Inversiones, que se publicarán en el Portal institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
La presente Resolución se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano (http://www.elperuano.pe/),
donde pueden encontrar, a detalle, las modificaciones aprobadas por la presente.