DECRETO SUPREMO N° 013-2018-EM
Por la presente norma Modifíquese el Artículo 10 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-98-EM
Modificar el Artículo 10 del Reglamento de Utilización de los Recursos y Medios Provenientes de los Contratistas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-98-EM, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 10.- El Comité de Administración de los Recursos para Capacitación – CAREC, estará integrado por tres (03) miembros:
- a) El Viceministro de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, quien lo presidirá;
- b) El Director General de Hidrocarburos; y,
- c) Un Representante del Ministerio de Energía y Minas.
El referido Comité contará con un Secretario Ejecutivo, quien prestará el apoyo necesario para el cumplimiento de sus funciones.”