R.D. N° 534-2014-PRODUCE/DGCHD.-
La Resolución dispone las siguientes modificaciones:
Modifican el artículo 3 de la Resolución Directoral Nº 133-2014-PRODUCE/DGCHD referido al ¨Factor de utilización de plantas de Enlatado¨
Asimismo, modifican el artículo 4 de la Resolución Directoral Nº 133-2014-PRODUCE/DGCHD referido a la ¨ Máxima capacidad de suscripción de convenios de abastecimiento¨
Modifican el artículo 7 de la Resolución Directoral Nº 133-2014-PRODUCE/DGCHD, referido a la ¨Suscripción excepcional de convenios de abastecimiento especiales¨.
A su vez, aprueban los formatos de uso obligatorio, que obran en los Anexos 1 y 2, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral, correspondientes a los convenios especiales por mayor demanda y por decisión empresarial de incremento de existencias, respectivamente.
Finalmente la Resolución establece que los titulares de los permisos de pesca o de las licencias de operación de plantas de procesamiento pesquero podrán celebrar los convenios especiales de abastecimiento por mayor demanda o comunicar la ejecución de los convenios por incremento de existencias, directamente o a través de sus representantes, para lo cual remitirán un listado a la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, con las personas naturales que cuentan con este tipo de facultades. En cualquier caso, la responsabilidad administrativa recae sobre el titular de la licencia de operación.
Fecha de publicacion 18.10.14