Modifican procedimiento específico “Legajamiento de la Declaración” DESPA-PE.00.07 (versión 4)

RESOLUCION N° 30 -2018-SUNAT/310000

Por la presente norma se Incorpora el numeral 7 al literal A de la sección VII del procedimiento específico “Legajamiento de la Declaración” DESPA-PE.00.07 (versión 4), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N° 08-2014/SUNAT/5C0000, conforme al siguiente texto:

  1. SOLICITUD PRESENTADA POR TRÁMITE DOCUMENTARIO

(…)

 

Asimismo, Tratándose de una solicitud de legajamiento por mercancía no arribada al país, el funcionario aduanero designado verifica dicha situación en el sistema informático. De ser conforme, registra el texto: “Dejada sin efecto conforme al procedimiento DESPA.PE.00.07” en la opción: “Legajamiento” del módulo del régimen aduanero correspondiente y notifica el resultado al declarante. De no ser conforme, se procede de acuerdo a lo dispuesto en los numerales del 3 al 6 del presente literal.”

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