Modifican los artículos 2°, 4° y 5° del Reglamento de la Ley N° 28600/ D.S. N° 073-2006-AG

D.S. N° 073-2006-AG

Se han modificado los artículos 2°, 4° y 5° del Reglamento de la Ley N° 28600, la cual creó el programa de promoción a la formalización del comercio algodonero de las variedades Tangüis, Pima, Supima, del Cerro, Hazera y otras producidas en el Perú.

Dichas modificaciones versan sobre el incentivo unitario que se establece comparando el precio de referencia promedio del periodo setiembre- noviembre del presente año, así como sobre las Direcciones Regionales Agrarias y las Agencias Agrarias responsables.

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