RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA
N° 002-2016-PCM-SGP
Mediante la presente Resolución, se modifica el inciso b) del artículo 3° de los Lineamientos para la Implementación Progresiva del Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las Entidades de la Administración Pública, cuya redacción es la siguiente:
“Artículo 3.- De los plazos de implementación progresiva
b) Las entidades del Gobierno Local Municipalidades de Tipo B y Municipalidades con más de 500 viviendas urbanas y menos de 500 viviendas urbanas de acuerdo a la clasificación municipal aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas, inician la implementación del Manual el 1 de enero del año 2018.