RESOLUCION MINISTERIAL N° 525-2019-PRODUCE
Mediante Resolución, modifica se el primer párrafo del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 313-2019-PRODUCE, el cual queda redactado con el siguiente texto:
“Artículo 1.- Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo (LMTC-CHD) del recurso anchoveta
Establecer como Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo (LMTC-CHD) del recurso anchoveta para el año 2019 en ciento ochenta mil (180,000) toneladas, correspondiente a todo el litoral, conforme a lo previsto en el artículo 9 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo aprobado por Decreto Supremo N° 005-2017-PRODUCE y modificatoria, los mismos que se destinarán exclusivamente para consumo humano directo.