Res. N° 4830-2013
Mediante la presente resolución se dictan las siguientes disposiciones:
Incorporan el Capítulo VI a las Normas para la Reducción y Elección de la Comisión sobre el Flujo y de la Comisión Equivalente dentro del Esquema Mixto, aprobadas mediante Resolución SBS Nº 8514-2012, referido al “proceso de revocación de permanecer en el esquema de cobro de comisión sobre el flujo y devolución del diferencial de comisiones”.
Asimismo, modifican los artículos 1° y 12E° de las Normas para la Reducción y Elección de la Comisión sobre el Flujo y de la Comisión Equivalente dentro del Esquema Mixto, aprobadas mediante Resolución SBS Nº 8514-2012, modifican el tercer párrafo del inciso i. del numeral 2 de la Circular N° AFP-127-2012 que regula los Lineamientos para la aplicación de comisiones sobre el saldo administrado en el caso de los aportes obligatorios.
Incorporan el inciso v. al numeral 2 de la Circular N° AFP-127-2012 que regula los Lineamientos para la aplicación de comisiones sobre el saldo administrado en el caso de los aportes obligatorios,
Modifican los artículos 148°, 149°, 161°, 162° y 177°, del Título VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones referido a Prestaciones, aprobado vía Resolución Nº 232-98-EF/SAFP y sus modificatorias.
Por último, la presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.