Res. N° 390-2014/SUNAT.-
Sustitúyase el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 379-2013/SUNAT que establece sujetos obligados a llevar los registros de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica y que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT y la Resolución de Superintendencia Nº 066-2013/ SUNAT, respecto a los sujetos obligados a llevar los registros de forma electrónica.
Miércoles 31 de diciembre de 2014