Res. N° 203-2014/SUNAT.-
Modifican el porcentaje aplicable para la determinación del depósito de los servicios señalados en los numerales 5 y 10 del anexo Nº 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y modificatorias, que establece normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias a que se refiere el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 940, aprobado por el Decreto Supremo Nº 155-2004-EF y modificatorias, referidos a “otros servicios empresariales” y “demás servicios gravados con el IGV”, a diez por ciento (10%).
La resolución entrará en vigencia el 01 de Julio, señalando que será aplicable a aquellas operaciones cuyo momento para efectuar el depósito se produzca a partir de dicha fecha.
Fecha de publicación: sábado 28.06.14