MODIFICAN LA R.M. N° 098-2015- PRODUCE, A EFECTOS DE ESTABLECER FECHA DE CONCLUSIÓN DE LA PRIMERA TEMPORADA DE PESCA 2015 DEL RECURSO ANCHOVETA Y ANCHOVETA BLANCA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 209-2015-PRODUCE

–       Modifican el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 098-2015-PRODUCE a efectos de establecer como fecha de conclusión de la Primera Temporada de Pesca 2015 del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta blanca (Anchoa nasus), en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00’ Latitud Sur, las 24:00 horas del 31 de julio de 2015.

Las condiciones para el desarrollo de las actividades extractivas y de procesamiento, las medidas de conservación de la Anchoveta, especies asociadas y dependientes, el seguimiento, control y vigilancia, se regulan por las disposiciones de las Resoluciones Ministeriales Nº 082-2015-PRODUCE y N° 098-2015- PRODUCE, así como las demás disposiciones legales vigentes, manteniéndose el Límite Máximo Total de Captura Permisible (LMTCP) de 2.58 millones de toneladas. Asimismo el Instituto del Mar del Perú – IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta blanca (Anchoa nasus), debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero.

–        El incumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial será sancionado conforme al Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE.

–       La Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto y la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, velarán por el cumplimiento de la Resolución Ministerial y realizarán las acciones de difusión que correspondan.

X
X