Modifican el Titulo V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Afiliación y Aportes, aprobado mediante Res

Res N° 6202-201.-

La presente norma señala que resulta necesario establecer el marco normativo que permita la plena aplicación del ejercicio del traspaso de los trabajadores que se incorporen al SPP, en caso la rentabilidad neta de comisión por tipo de fondo de la AFP adjudicataria sea menor al comparativo del mercado.

Asimismo, se señala que las modificaciones establecidas tiene como finalidad facilitar los procedimientos para la entrega de los Contrato de Afiliación Electrónica de los trabajadores dependientes que se incorporen al SPP así como delimitar sus cláusulas, de modo tal que se garantice plenamente el ejercicio de sus derechos y obligaciones como partícipes del dicho sistema previsiona.

Se hace referencia que dichos fines descritos son planteados en merito a que, se llevarán a cabo los procedimientos de transmisión de la información de las planillas electrónicas a las AFP, en mérito al Convenio celebrado entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo con la Superintendencia, de modo tal que se pueda contar con un adecuado estándar respecto del seguimiento e identificación del estado previsional de los trabajadores que hayan optado por incorporarse al SPP, así como también estableciendo los mecanismos de interconexión que faciliten un proceso de toma de decisiones de los trabajadores que se incorporen a un sistema pensionario, de acuerdo a ley.

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