RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 103-2014-CD/OSIPTEL
Aprueban la publicación para comentarios del Proyecto de modificación del Reglamento para la Supervisión de la Cobertura de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles y Fijos con Acceso Inalámbrico, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº135-2013-CD/OSIPTEL.
Encargan a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a dicha Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución conjuntamente con el Proyecto Normativo, así como su Exposición de Motivos y su Informe Sustentatorio Nº 584 -GFS/2014, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe).
Establecen un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha en que la presente resolución sea publicada en el diario oficial El Peruano, para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del Proyecto Normativo referido en el Artículo 1º.
Los comentarios serán presentados por escrito, en la oficina principal del OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San Borja, Lima). En el caso de remisión de comentarios vía fax al número: (511) 475-1816, o mediante correo electrónico a la dirección: sid@osiptel.gob.pe, adjuntando el archivo en formato Word establecido.
Disponen la suspensión temporal, hasta el 30 de octubre de 2014, del artículo 6º, los numerales 3 y 6 del Anexo 06, en los extremos referidos a los reportes de los centros poblados urbanos con cobertura, así como el artículo 15º y los numerales 9, 12, 14, 15, 16, 18 y 19 del Anexo 06 del Reglamento para la Supervisión de la Cobertura de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones Móviles y Fijos con acceso inalámbrico, aprobado mediante Resolución Nº 135-2013-CD/OSIPTEL.
Norma Publicada el domingo 24.08.2014