RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
N° 122-2016-CD/OSIPTEL
Mediante la presente Resolución, se modifican los artículos 7, 15, 17, 22, 30, 31, 34, 43, 44, 45, 49, 54, 59, 60, 65, 67, 77, 80 y 90 del Reglamento para la Solución de Controversias entre Empresas. Asimismo, se incorpora el artículo 93 al Título VIII – Precedentes de observancia obligatoria y Lineamientos Resolutivos al Reglamento precitado.
Finalmente, todas las modificaciones realizadas por la presente Resolución se encuentran detalladas en la norma, la cual esta publicada en el Diario Oficial El Peruano. A su vez, todas las modificaciones entran en vigencia el día 04 de octubre del presente año.