Modifican el Reglamento para el Registro de Corredores de Aseguramiento Universal en Salud

 

 Res. Nº
134-2015-SUSALUD/S

Modifican
los Artículos 1, 2, 3, 5, 7, 10, 13, 14 y 19 del Reglamento para el Registro de
Corredores de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por la Resolución de
Superintendencia N° 048-2014-SUSALUD/S; y, los Anexos N°1 – Solicitud de
Personas Naturales, Anexo N° 3 – Solicitud de Personas Jurídicas, N° 5 – Modelo
de Aviso de Presentación de Solicitud de Registro y N° 6 – Carta de
Nombramiento del Reglamento para el Registro de Corredores de Aseguramiento
Universal en Salud, aprobado por la Resolución de Superintendencia N°
048-2014-SUSALUD/S.

Incorporan
el Anexo N° 7 – Carta de Nombramiento de Persona Jurídica en el Reglamento para
el Registro de Corredores de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por la
Resolución de Superintendencia N° 048-2014-SUSALUD/S.

Derogan
los Artículos 6, 9, 15, 16, 17, 18 y la Primera Disposición Complementaria
Transitoria del Reglamento para el Registro de Corredores de Aseguramiento
Universal en Salud, aprobado por la Resolución de Superintendencia N°
048-2014-SUSALUD/S.

Encargan
a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y a la Intendencia de Normas y
Autorizaciones la publicación de la indicada Resolución en la página web de
SUSALUD “www.susalud.gob.pe”, conforme a lo establecido en la Resolución de
Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG. 

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