D.S. Nº 028-2006-MTC
Mediante el presente dispositivo legal se modifica el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por D.S. N° 033-2001-MTC. Las modificaciones efectuadas corresponden a los siguientes aspectos:
-
El uso de cinturones de seguridad es obligatorio para las personas que ocupen los asientos delanteros y posteriores de los vehículos en circulación (artículo 85°).
-
La tipificación y calificación de las infracciones de tránsito del conductor (artículo 296°); y,
-
El período de suspensión y/o cancelación de la licencia de conducir y/o inhabilitación del conductor para obtener una nueva licencia de conducir (artículo 315°).
Cabe señalar que el período de adecuación para cumplir con la obligación del uso del cinturón de seguridad en los asientos posteriores del vehículo entrará en vigencia a partir del 30 de septiembre de 2006.