Modifican el Reglamento del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo N° 122-2001-EF que regula el Beneficio a Establecimientos de Hospedaje que presten servicios a Sujetos No Domiciliados y el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado mediante Decreto Supremo N° 126-94-EF
DECRETO SUPREMO N° 342-2017-EF
La presente norma modifica el Reglamento del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo N° 122-2001-EF que regula el Beneficio a Establecimientos de Hospedaje que presten servicios a Sujetos No Domiciliados y el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado mediante Decreto Supremo N° 126-94-EF.
Debido al incremento de la cantidad de exportaciones que se realizan actualmente en relación con las que se efectuaban en el año en que se aprobó el Reglamento de Notas de Crédito Negociables, lo que se acentuará aún más por efecto de la ampliación del universo de operaciones que se consideran como exportación de servicios, resulta indispensable modificar el Reglamento de Notas de Crédito Negociables en lo relativo a los plazos de emisión y entrega de las Notas de Crédito Negociables y a la oportunidad de presentación de información, a efecto que pueda realizarse un control más efectivo y profundo lo que permitirá brindar mayor seguridad respecto a la existencia del saldo a favor materia del beneficio.
Por lo tanto, el objeto del presente decreto supremo es adecuar el Reglamento de la Ley del IGV e ISC a lo previsto en la Ley N° 30641, Ley que fomenta la exportación de servicios y el turismo, así como efectuar algunas modificaciones al Decreto Supremo, citado en la primera parte del anterior parrafo, que establece las normas reglamentarias del numeral 4 del artículo 33° del TUO de la Ley del IGV e ISC, y al Reglamento de Notas de Crédito Negociables, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 126-94-EF y normas modificatorias.