Res. N° 07-2015/SUNAT/5C0000.-
Incorporan el numeral 17 en la sección VI del procedimiento general “Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24 (Versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236-2008/SUNAT/A.
A su vez, incluyen el Anexo 22 al procedimiento general “Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24 (versión 2), aprobado por la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236-2008/ SUNAT/A, referido a los criterios para operar excepcionalmente en otra circunscripción aduanera, conforme al texto que fi gura en el Anexo de la presente resolución.