D.S. N° 319-2013-EF.-
La norma hace referencia que, mediante Decreto Supremo Nº 213-2013-EF se modificó el citado reglamento previéndose un nuevo proceso que privilegia el uso de medios electrónicos con la consecuente simplificación del trámite para acceder al beneficio devolutivo y la reducción de costos administrativos y financieros, cuya entrada en vigencia se encuentra prevista para el 1º de enero de 2014.
Que el nuevo proceso exige la implementación de un nuevo sistema informático, la capacitación de los usuarios y la realización de pruebas internas y externas, que aseguren su funcionamiento, por lo que es necesario postergar su entrada en vigencia.
Por lo cual, disponen la modificación del Artículo 4° del Decreto Supremo N° 213-2013-EF de acuerdo al texto siguiente:
Artículo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 29 de mayo de 2014, conforme al cronograma de implementación que aprobará la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria mediante resolución de superintendencia, el mismo que no excederá del 30 de agosto de 2014.
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 29 de mayo de 2014, conforme al cronograma de implementación que aprobará la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria mediante resolución de superintendencia, el mismo que no excederá del 30 de agosto de 2014.