MODIFICAN EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA R.D. Nº 140-2010-EM/DGH, QUE APRUEBA LA RELACIÓN DE EMPRESAS QUE FORMARÁN PARTE DE LA COMISIÓN CONSULTIVA A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 6.3 DEL ARTÍCULO 6 DEL REGLAMENTO DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO, APROBADO MEDIANTE D.S. Nº 142-2004-EF
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 108-2017-MEM/DGH
Mediante al presente norma se modifica el Artículo Primero de la Resolución Directoral Nº 140-2010-EM/DGH, por el texto siguiente:
“Artículo Primero.- Aprobar la relación de empresas que formarán parte de la Comisión Consultiva a que se refiere el numeral 6.3 del Artículo 6 del Reglamento del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, tal como se detalla a continuación:
1. Aguaytía Energy del Perú S.R.L.
2. Graña y Montero Petrolera S.A.
3. Lima Gas S.A.
4. Llama Gas S.A.
5. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.
6. Petróleos del Perú S.A.
7. Pluspetrol Perú Corporation S.A.
8. Puma Energy Perú S.A.C.
9. Pure Biofuels del Perú S.A.C.
10. Refinería La Pampilla S.A.
11. Savia Perú S.A.
12. Solgas S.A.
13. Zeta Gas Andino S.A.”