RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00458-2020-PRODUCE
Se modifica el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE, el cual quedará redactado conforme al siguiente texto:
“Artículo 1.- Conformar la Comisión Especial a que se refiere el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la cual estará integrada por:
– El/la Viceministro/a de Pesca y Acuicultura, quien la presidirá;
– El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto del Mar del Perú (IMARPE);
– El/la Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES);
– El/la Presidente/a del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);
– El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES);
– El/la Director/a General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, quien actuará como Secretario/a Técnico/a;
– El/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
– Un/a representante de la Sociedad Nacional de Pesquería;
– Un/a representante de la Asociación de Armadores de nuevas embarcaciones pesqueras; y
– Un/a representante de la Asociación Nacional de Armadores Pesqueros – Ley Nº 26920.
Esta Comisión Especial se rige por las disposiciones aplicables a las Comisiones Sectoriales previstas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158.”
Se modifica el artículo 4 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial aprobado por Resolución Ministerial Nº 831-2008-PRODUCE, el cual quedará redactado conforme al siguiente texto:
“Artículo 4.- Conformación
4.1 La Comisión Especial estará integrada por diez (10) miembros:
– El/la Viceministro/a de Pesca y Acuicultura, quien la presidirá;
– El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto del Mar del Perú (IMARPE);
– El/la Jefe/a del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES);
– El/la Presidente/a del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);
– El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES);
– El/la Director/a General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, quien actuará como Secretario/a Técnico/a;
– El/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
– Un/a representante de la Sociedad Nacional de Pesquería;
– Un/a representante de la Asociación de Armadores de nuevas embarcaciones pesqueras; y
– Un/a representante de la Asociación Nacional de Armadores Pesqueros – Ley Nº 26920.”