D.S N° 055-2011-DE
A fin de reducir la elevada morosidad en el pago de las Multas impuestas por las Capitanías se modifican el numeral 6 de las disposiciones generales, en el que establece la ejecutabilidad de la deuda que se tenga por multas o en caso de ser sometidas a revisión judicial estos suscriban una carta fianza.
A su vez la norma otorga los beneficios de reducción de multa hasta un 25% para montos superiores a 3 UIT pagado en efectivo dentro de los 15 días de emitidos y la reducción prevista en la resolución directoral 0116-2008/DCG para montos menores a 3 UIT
A su vez la norma otorga los beneficios de reducción de multa hasta un 25% para montos superiores a 3 UIT pagado en efectivo dentro de los 15 días de emitidos y la reducción prevista en la resolución directoral 0116-2008/DCG para montos menores a 3 UIT