DECRETO SUPREMO N° 008-2019-IN
Disponen que se modifique el Decreto Supremo N° 005-2019-IN, para incorporar una única disposición complementaria final, de acuerdo al siguiente texto:
ÚNICA.- Vigencia
El presente Decreto Supremo entra en vigencia el 1 de julio de 2019, a fin que los agentes que se encuentren ubicados en las zonas cocaleras, incorporadas mediante el Decreto Supremo N° 005-2019-IN, cumplan con inscribirse en el Registro correspondiente según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1126, Decreto Legislativo que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas.”
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil diecinueve.