Modifican Cuotas de Hidrocarburos aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 013-2015-EM y dictan disposiciones complementarias

D.S.
Nº 036-2015-EM.

Modifican las Cuotas de
Hidrocarburos aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 013-2015-EM, de acuerdo al
Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.

Modifican la definición de
Consumidor Menor en el Glosario, Siglas y Abreviaturas del Subsector de
Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-EM.

Modifican el tercer párrafo del
artículo 9, el artículo 12, 13, 16 y 17 del Decreto Supremo Nº 016-2014-EM.

Incorporan el tercer párrafo en
el artículo 6; y, el numeral 18.3 en el artículo 18 del Decreto Supremo Nº
016-2014-EM

Mediante Resolución de
Superintendencia, la SUNAT establecerá los controles y obligaciones que deberán
seguir los sujetos del Registro Especial cuando estos trasladen o transporten
Hidrocarburos, entre su domicilio fiscal y establecimientos anexos. 

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