Modifican cronograma de vencimientos para la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 061-2020/SUNAT

Tratándose de los deudores tributarios que, en el ejercicio gravable 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 5 000 (cinco mil) UIT, o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe, deben presentar la Declaración y, de corresponder, efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF, de acuerdo con el siguiente cronograma:

ÚLTIMO DÍGITO

DEL RUC Y OTROS

FECHA DE

VENCIMIENTO

0

24 de junio de 2020

1

25 de junio de 2020

2

26 de junio de 2020

3

30 de junio de 2020

4

1 de julio de 2020

5

2 de julio de 2020

6

3 de julio de 2020

7

6 de julio de 2020

8

7 de julio de 2020

9

8 de julio de 2020

Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC

9 de julio de 2020

Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, se considera la UIT correspondiente al ejercicio 2019.

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