Res N° 015-GCAS-ESSALUD-2013.-
La norma hace mención, que mediante Informe Técnico de fecha 25 de abril de 2013, la Gerencia Técnica recomienda realizar la modificación del numeral 11.6 del Contrato del Seguro de Salud para Trabajadores Independientes-Seguro EsSalud Independientes, en términos que no se limite el acceso a la cobertura de las prestaciones de salud establecidas en el referido Contrato, en tanto podría efectuarse el derecho a la salud.
En virtud de lo señalado, la Resolución disponen las siguientes modificaciones:
- Modificar el numeral 11.6 de la clausula Decima Primera: ¨Incumplimiento de Pago de Aportes¨, del Contrato del Seguro EsSalud Independiente.
- Incluir en la lista de condiciones asegurables publicada en la Web de EsSalud dispuesta en el numeral 5.1, literal b) Seguro EsSalud Independiente los diagnósticos que se detallan en la Resolución.
- Modificar el numeral 11.2 de la clausula Decima Primera: ¨Incumplimiento de Pago de Aportes¨ del Contrato de Seguro Potestativo-Plan Protección Vital, quedando redactado.