R.S. N° 038-2013-MINAGRI.-
Modifican la conformación del Consejo Nacional del Arroz constituido por Resolución Suprema Nº 030-2005-AG, modificado por las Resoluciones Supremas Nº 046-2009-AG y Nº 035-2013-MINAGRI.
Asimismo, modifican el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 030-2005-AG, modificado por Resolución Suprema Nº 046-2009-AG y Resolución Suprema Nº 035-2013-MINAGRI, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Conformación:
– El Consejo Nacional del Arroz estará conformado por:
– El Ministro de Agricultura y Riego o su representante, quien lo presidirá.
– Tres (03) representantes de los Gobiernos Regionales, uno de la Costa Norte, uno de la Selva y uno del Sur.
– Cuatro (04) representantes de la Asociación Peruana de Productores de Arroz – APEAR.
– Dos (02) representantes de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú, uno de la Costa Norte y uno de la Costa Sur.
– Un (01) representante de la Asociación Peruana de Molineros de Arroz – APEMA.
– Un (01) representante de los Importadores de Arroz.
– Un (01) representante de la Asociación de Productores Agrícolas Mercado Santa Anita; y,
– Un (01) representante de la Autoridad Nacional del Agua – ANA.”
Fecha de publicación 15.12.13